A partir de hoy y hasta que termine el proceso de elecciones 2015, un guatemalteco apto para votar en las elecciones generales, no podrá cambiar la dirección de su domicilio para votar en otro lugar que no sea su residencia. Así lo dispuso el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que suspendió una parte del artículo 5 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
CIUDAD DE GUATEMALA. – Para evitar anomalías en las elecciones generales y para garantizar la seguridad del proceso, el TSE suspendió la parte del artículo que dice "o se traslada a una que corresponda a otro municipio".
Con la suspensión de esa frase, el TSE pretende evitar el traslado de votantes de un municipio a otro, impugnaciones, anomalías y hasta disturbios en la elección de corporaciones municipales.
Aunque el objetivo de declarar la residencia electoral es acercar el voto del ciudadano, el TSE considera que en los dos últimos procesos de elección y durante el periodo de elecciones se presentaron denuncias particulares y anomalías por la trashumancia electoral –acarreo de votantes– con el propósito de actualizar su residencia en un municipio en el cual no residen.